Las horas de Tutoría y
las reuniones de departamento tienen que estar dentro del horario
regular. Así como las demás que se recogen en el art. 13 de la
orden
de 20 de agosto de 2010 (ver
más abajo).
La consejería en Comunicado
del 2 de septiembre, obligada por decisión judicial ( Sala de lo
Contencioso Administrativo del TSJA,Procedimiento 277/2014) decía
que modificaba El art 13.2 de la orden de 20 de agosto de 2010
quedando como sigue “Del total de horas de la jornada semanal,
treinta son de obligada permanencia en el centro. De estas últimas,
veinticinco como máximo se computarán como horario regular del
profesorado que comprenderá una parte lectiva y otra no lectiva".
Es decir EL HORARIO REGULAR TIENE QUE
SER COMO MÁXIMO DE 25 HORAS.
Pero ahora, la consejería quiere
trampear convirtiendo horas que que vienen en la normativa como de
horario regular en "irregulares". En unas confusas
indicaciones Verbales (!!!) dada a las direcciones de los IES han
insinuado que se pasen al horario irregular las reuniones de
departamento y alguna de las horas de tutoria. Esto sería caer en
prevaricación.
Recordamos: (arts. 9 y
13 de la susodicha orden)
La Tutoría tiene 3 horas de
horario regular no lectivo. Y si es de la ESO 2 de horario lectivo y
otras 2 de horario regular no lectivo.
También son horario regular
a) Reuniones de los diferentes
órganos de coordinación docente. (Es decir Reuniones de
Departamento)
b) Actividades de tutoría y tutoría
electrónica.
c) Cumplimentación de los documentos
académicos del alumnado.
d) Programación de actividades
educativas. En su caso, seguimiento del programa de formación en
centros de trabajo.
e) Servicio de guardia.
f) Seguimiento y análisis de las
medidas de atención a la diversidad aplicadas al alumnado.
g) Organización y funcionamiento de la
biblioteca del instituto.
h) Cualesquiera otras que se determinen
en el Plan de Centro del Instituto.
LLAMAMOS
A LAS DIRECCIONES DE LOS CENTROS Y AL PROFESORADO A QUE SE POSICIONEN
CLARAMENTE FRENTE A LOS INTENTOS “MARRULLEROS” DE LA CONSEJERÍA.
INSTRUCCIONES
CLARAS, POR ESCRITO Y DE ACUERDO A LA LEY
EL
CUMPLIMIENTO DE LAS 25 HORAS DE HORARIO REGULAR TIENE QUE SER UN
PRIMER PASO PARA VOLVER A LAS 18 HORAS LECTIVAS
SI
TIENES ALGUNA DUDA PONTE EN CONTACTO CON DxP
Este año la consigna de la inspección parece ser hacer la vista muy, muy gorda con los horarios para no tener que pronunciarse sobre las 25 horas, está en nuestras manos evidenciar su incongruencia con tal de no aumentar plantillas.
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