Así queda según fuentes del CSIF la letra de esa cancion invernal llamada "Concursillo"
Texto del concursillo:
1. De
conformidad con los establecido en el artículo 33.2 del Decreto
302/2010, de 1 de junio, podrá participar en el procedimiento de
adjudicación de destinos provisionales el personal funcionario de
carrera con destino definitivo el 1 de septiembre del año de la
solicitud que haya participado en el concurso de traslados cuyos efectos
de toma de posesión coincida con los del correspondiente procedimiento
de adjudicación de destinos provisionales, salvo que la normativa
vigente en la materia le impida su participación.
2. A
los efectos de los establecido en el apartado anterior, la
participación en los concursos de traslados habrá de ser efectiva, no
admitiéndose cuando se hayan solicitado puestos, centros o localidades
incompatibles con el cuerpo y la especialidad de la persona solicitante o
cuando se haya renunciado al procedimiento.
3.
El personal a que se refiere este artículo solo podrá solicitar puestos
de trabajo de las mismas características del puesto de su destino
definitivo en cualquier centro, zona, servicio educativo o localidad de
la Comunidad Autónoma de Andalucía, siempre que las localidades de
centros solicitados no pertenezcan al municipio del centro de destino
definitivo. Asimismo podrá solicitar puestos específicos, si cumple los
requisitos que para su desempeño se establecen en las convocatorias.
4.
Quien por esta vía participe y obtenga destino provisional durante 6
años consecutivos no podrá continuar participando en este procedimiento
hasta haber transcurrido un curso.
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