domingo, 11 de enero de 2015

¿Qué pasa y qué podemos hacer para que nos devuelvan el 25% de la paga extra de 2012?

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¿Qué pasa y qué podemos hacer para que nos devuelvan el 25% de la paga extra de 2012?

Ante la multitud de sentencias estimatorias para que se devuelvan lo correspondiente a 44 días ya consolidados* de la paga extra de 2012 el gobierno central la va a devolver de oficio para los empleados públicos de la Administración General del Estado y deja en manos de las comunidades autónomas la posibilidad de que hagan lo mismo. (BOE del día 2-1-2015).

La Junta de Andalucía no contempla en sus presupuestos la devolución de la parte proporcional a esos 44 días de la extra de diciembre de 2012.

Desde DxP nos unimos al cabreo que siente el profesorado por este proceder de la Junta. La mayoría del profesorado sabe que esta no-devolución (que puede oscilar, según los casos, entre los 300 y 600) es un recorte “menor”. Pero lo que está causando indignación es, una vez más, el agravio comparativo con la Administración General del Estado y otras muchas comunidades autónomas que han optado por la devolución (Véase cuadro elaborado por UGT).

¿Qué podemos hacer?
  • DxP se pronuncia porque todas las organizaciones que nos movemos con el profesorado unamos esfuerzos, en ese sentido presentaremos una propuesta en la Junta de Personal del próximo miércoles 17. En las cosas que nos une es un tanto absurdo que cada cual tire por un lado.
  • Si en breve tiempo la Administración andaluza no rectifica, propondremos que desde los centros se hagan acciones que hagan ver nuestro descontento con este nuevo agravio.
  • Apoyamos cualquier intervención que ya se esté haciendo. Por ejemplo la petición de USTEA y ANPE de que se trate este asunto en la Mesa Sectorial o la recogida de firmas a través de Internet que está desarrollado CSIF: https://docs.google.com/forms/d/1-rYiN67xXD5XXW_hIIKHKwW9-YLAhemJ0NagnWK5xu4/viewform.
  • Los tribunales están reconociendo este derecho, por eso quien lo desee puede hacer una reclamación individual, si bien tampoco es urgente (hay de tiempo hasta Julio de 2016) por lo que no haremos, de momento, una campaña masiva en este sentido.

* ¿De donde salen esos 44 días? Las pagas extras se devengan (es decir se cuenta el derecho a la misma) de 1 de diciembre a 30 de mayo y de 1 de junio a 30 de diciembre. La normativa por la que se quitó la paga extra de diciembre de 2012 se publicó en el BOE 44 días después de ese 1 de Junio, por lo que era absolutamente ilegal quitar esa parte.

La explicación legal de como está todo este embrollo de las pagas extras, tanto en el pasado como para el próximo año la hemos encontrado en esta página de CCOO

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