lunes, 7 de noviembre de 2016

Baremación de la interinidad

Las instrucciones europeas son claras, el tiempo de servicio en características de interinidad debe ser considerado por las distintas administraciones de la misma manera que el tiempo de servicio a partir de ser funcionario de carrera. A pesar de ello la administración central, de la que dependemos los docentes andaluces, siguen menospreciándola, no baremándola por ejemplo en el concurso de traslados. La administración andaluza ya la contempla con idéntica entidad que la del funcionario de carrera.

Por esta razón nace una plataforma que va a reclamar ante los tribunales al ministerio de educación, aquí os traemos la dirección de tal plataforma, de la que solo conocemos esta página web.

Otro concurso de traslados es posible





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