jueves, 2 de marzo de 2017

Carta de un profesor de un profesor técnico sobre la situación de los compañeros de FP

Los compañeros de FP se mueven por reivindicaciones que creemos de justicia, como muestra la siguiente carta de un compañero de FP

CARTA A DEFENSOR DEL PUEBLO DE UN PROFESOR TÉCNICO DE CATALUÑA.

Señor Defensor del Pueblo, Me dirijo a Usted para hacerle sabedor de un hecho que provoca una grave discriminación entre diferentes miembros del mismo colectivo profesional de la administración pública. Concretamente; Tras la publicación de la Ley Orgánica 2/2006, de Educación, los requisitos para el ingreso en los cuerpos de funcionarios docentes, concretamente, para el cuerpo de Profesores técnicos de Formación Profesional, se establece estar en posesión de la titulación de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico o el título de Grado correspondiente u otros títulos equivalentes, a efectos de docencia, además de la formación pedagógica y didáctica a la que se refiere el artículo 100.2 de esta Ley, así como superar el correspondiente proceso selectivo. Esta redacción de la mencionada Ley no fue lo suficientemente acertada, ni previó las consecuencia jurídicas y administrativas que podría causar en el futuro más inmediato después de su publicación, ya que pocos años antes, tras la publicación de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, entre las diferentes novedades que planteó una fue la de concretar los diferentes niveles de titulaciones universitarias existentes en una única, la titulación universitaria de grado. Esta nueva identificación de las carreras universitarias implicó que en un breve plazo de tiempo las titulaciones genéricas para el acceso a la función pública en el seno de las administraciones públicas ya no serían las titulaciones de diplomatura o equivalente, ni la de licenciatura o equivalente, pasando a ocupar este lugar las titulaciones de grado. Al año siguiente, tras la publicación del Estatuto Básico del Empleado Público (Ley 7/2007, de 12 de abril) la “deficiencia” planteada en la LOE fue corregida i, concretamente, en el artículo 76, sobre los grupos de clasificación del personal funcionario de carrera, se recogía que para el acceso a los cuerpos o escalas del Grupo A se exigirá estar en posesión del título universitario de Grado. I que la clasificación de los cuerpos y escalas en cada Subgrupo (A1 i A2) estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso. En otras palabras, la titulación de acceso es la de grado al Grupo A es la de grado y la clasificación en el subgrupo A1 o A2 estará en función del nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar y de las características de las pruebas de acceso. Pues bien, y atendiendo al caso concreto que presento, tras la aprobación del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, de acceso a la Función Pública docente, obviando la relación de titulaciones universitarias requeridas en este reglamento, ya que son corregidas por el mismo EBEP, el hecho es que la titulación de acceso a los diferentes cuerpos docentes es la misma para todos ellos y, además, las características de las pruebas de acceso y el nivel de responsabilidad de las funciones a desempeñar son idénticas, exceptuando que los profesores de las diferentes especialidades de formación profesional imparten docencia a niveles de estudios superiores, la cual cosa no es así en aquellas especialidades docentes del cuerpo de profesores de secundaria. Por tanto, para el acceso a los diferentes cuerpos docentes del sistema público español, a pesar de requerirse los mismos requisitos, de realizar las mismas funciones y de tener las mismas responsabilidades, increíblemente están adscritos unos al subgrupo A1 del sistema de clasificación de los funcionarios públicos y otros al subgrupo A2. Este último es el caso de los Profesores Técnicos de Formación Profesional. Es evidente que este hecho discriminatorio i reprochable por parte del Estado español responde a una falta de determinación por parte de aquellos que están obligados a cumplir con sus funciones y aplicar aquello que las leyes establecen. Desgraciadamente, esta situación, como me refería al principio de este escrito, ha provocado, y está provocando, un perjuicio laboral, profesional y económico que requiere de una inmediata solución: Trabajadores altamente cualificados, que han accedido a la función pública docente de la misma manera y con los mismos requisitos y las mismas obligaciones, disfrutan de derechos diferentes. Por otro lado, sé de primera mano, porque así se me manifestó personalmente por la Subdirección General de Formación Profesional, que en el año 2009, en aplicación de la normativa citada en los párrafos anteriores, el Gobierno español quiso crear el Cuerpo Único de Formación Profesional, solucionando, definitivamente, este agravio comparativo absurdo, inconstitucional… Desgraciadamente la situación económica que empezaba a sufrir España sirvió de excusa para postergar la reforma y alargar la vergonzosa situación en la que se encuentran decenas de miles de profesores del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional. Señor Defensor del Pueblo, la situación económica no es justificación para que una parte del profesorado sufra una discriminación tan flagrante y duradera en el tiempo. Las repercusiones económicas, laborales y profesionales no afectan exclusivamente el presente (y el pasado) sino que inciden, también, gravísimamente en el futuro de estos trabajadores. Cientos de profesores técnicos de Formación Profesional se jubilan cada mes con una pensión muy inferior a la que les tendría que corresponder si estuvieran adscritos, como el resto de profesores, al subgrupo A1 de clasificación del funcionariado establecido en el EBEP. El listado de agravios es enorme, pero la intención de este escrito no es el de hacer un listado inacabable de los perjuicios que están sufriendo las decenas de miles de profesores técnicos de Formación Profesional sino el de pedirle que como institución que es Usted reconocida por todos, tome conciencia de esta situación, nos ayude y incida en aquellos que corresponda para que finalice esta gravísima situación y definitivamente los profesores técnicos de formación profesional puedan hacer valer los mismos derechos que el resto de profesores. Para cualquier aclaración, información, o aquello que crea conveniente ruego se comunique conmigo. Muchísimas gracias.

Fuentes Blog del grupo de trabajo profesores de FP:

https://profesoresfp.blogspot.com.es/

No hay comentarios:

Publicar un comentario