Desde DxP, hemos estado investigando, preguntando e insistiendo, pues considerábamos que no se estaba aplicando correctamente.
Por fin, desde la Delegación de Educación de Almería, nos confirman que los sábados no deberán ser tenido en cuenta, salvo que expresamente se haga referencia a días naturales o el cómputo se efectúe por semanas.
Ver art. 30.2 en BOE
30.2 Siempre que por Ley o en el Derecho de la Unión Europea no se exprese otro cómputo, cuando los plazos se señalen por días, se entiende que éstos son hábiles, excluyéndose del cómputo los sábados, los domingos y los declarados festivos.
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