F.P.

domingo, 21 de enero de 2018

Nos pagan la última parte que nos adeudaban

Así en la paga de febrero recibiremos los últimos 45 días de paga extra del 2012 que nos adeudaban:

"Aplicación al personal funcionario, estatutario y eventual de la Administración de la Junta de Andalucía y al personal laboral del VI Convenio colectivo del personal laboral de la Administración de la Junta de Andalucía. Este personal, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional citada, percibirá la parte proporcional correspondiente a 45 días de la paga extraordinaria y, en su caso, de la paga adicional o equivalentes del mes de diciembre de 2012 que fueron suprimidas.

Cómputo de los 45 días y cálculo del importe de la devolución: Se utilizarán las reglas de cómputo aplicables a cada personal según su régimen jurídico en vigor; reglas que no resultan alteradas. En el caso de que, de no haberse suprimido, hubiera procedido el reconocimiento de la totalidad de la paga extraordinaria y adicional o equivalente, el número de días totales a que corresponden las pagas extraordinaria y adicional de diciembre de 2012 es de 183, de los que procede liquidar 45 conforme a la mencionada disposición adicional."

Respecto a los compañeros que a fecha del 1 de febrero no se encuentre en situación de servicio activo:

"Al personal que no se encuentre en situación de servicio activo o asimilada, por jubilación o cualquier otra causa, a 1 de febrero de 2018, o que hubiera perdido la condición de empleado público, las cantidades a que se refiere la disposición adicional novena le serán abonadas por la consejería o entidad competente para la gestión del programa de gastos que tenga asignado el puesto en el que hubiera correspondido abonar la paga extraordinaria y adicional o equivalente dejadas de percibir, previa petición dirigida al órgano de gestión de personal al que hubiera correspondido el abono de dichas pagas, según el modelo anexo a esta resolución.


Aquí el boja con la resolución



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